jueves, 27 de octubre de 2011

ACCION Y POLITICA GENERAL DE LA ORGANIZACION RESPECTO DE LOS ACTOS DE TERRORISMO Y, EN ESPECIAL, EL SECUESTRO DE PERSONAS Y LA EXTORSION CONEXA CON ESTE DELITO

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AG/RES. 4 (1-E'70)

(Reso1uci6n aprobada en 1a sexta sesion p1enaria,
celebrada e1 )C) de Junio de 1CJ7,;).
LA ASAMBLEA GENERAL CONSIDERARNDO

Que con freeuencia y cravedad crecientes estan ocurriendo en este
Continente aetos de terrorismo y en especial secuestros de personas y
extorsiones eonexas con estos ultimos;
Que tales actos han sido calificudos por e1 Consejo Fermanente de
la OrGanizaci6n, en su resoluci6n del 15 de mayo de 1970, como cr!menes
de tal manera crueles e irracionales que atentan contra el espiritu
~nis~o de clemencia de los pueblos americanos y constituyen delitos del
orden eomun, euyn grave dad los haee de lesa humanidad;
Que los Gobiernos de 105 ~stados diembros de la Organizaci6n repudian
undnimemente tales actos) los cuales configuran serias violaciones
de 105 derechos y libcrtades fundamentales del hombre, y que diehos Gobiernos
est~n firmeT:lente empcnados en evitar su repetici6n;
Que los pretext os politicos 0 ideo16gicos utilizados como justificaei6n
de estos delitos no atenuan en modo alguno su erueldad e irracionnlidnd
ni el caracter innoble de los medios emp1eados, como tampoco
eliminan su ca.lidad d.; aetos .violatorios de los dereehos humanos
esencia1es;
Que de maa.;ra invariable los ~;:::;tadlo·siiembrosde Ie. Organizaci6n,
en ejercicio de su soberania y su jurisdieci6n territorial, han reafirmade
los derechos de la persona humana y 10s principios de la moral
universal;
Que el proceso del des~rrollo econ6mico y el progreso social del
Continente en que est~n empenados los Gobiernos, no ~610 directamente
sino a trav~s de la cooperaci6n interamericana, son perturbados por los
er!menes en cuesti6n;
Que el secuestro y Ia extorsi6n conexn, as! como el atentado contra
In vida de representantes de Estados extranjeros y de otras personas,
son cr!menes nefandos que han conmovido a la opini6n mundial y quebrantan
las bases mismas de la convivencia nacional e internacional, y
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Que la proliferaci6n de tales cr{menes en e1 Continente crea unn
situaci6n que requiere prontaa y eficaces medidas por parte de 1a OrCanizaci6n
y de sus Estados lliembros.
HESUELVE:
1. Condenar ener~icamente los act os de terrorisrno y en especial c1
~eeuestro de personas y la extorsi6n eonexa con este delito como cr:!~;ler(:~;
de lesa humanidad.
2. Condenar tambi~n diehos aetos cuando son perpetrados contra represcntantes
de Estados extranjeros como violaeiones no 5610 de los derechos
humanos} sino tambi~n de las normas que rigen las relaciones
internaeionales.
). Declarar que tales acton constituyen gra.ves delitos comunes C,J.racterizados
por flagrante violnci6n de 10s c~s elementnles principios
de securidad del individuo y de la colectiyidad, a 1[1, vez que atentadoi'>
contra L~ Iibertad y la dignidad de 1a persona humana) cuya sa1vaguDrda
debe ser criteria rector de toda soeiedad.
l~. Recomendar a los Estados (·uembros que no 10 hubieren hecho qU(~
~dopten las medidas que juzguen oportunas en ejercicio de su soberanfa
para prevenir y en su caso sancionar este g~nero de delitos, tipificandolos
en su lec;islnci6n.
). Solicitar de 105 Gobiernos de los Estados rIiembros que de (',-";,formidad
con rom; ) 0yes fneili ten el inten'l'lmbiode informaciones CIue
contribu;ya a 10. prevenci6n y sanci6n de este genero de delitos.
6. ;~ncomell<hr nl COr:lit~J1.U':!dicoIntera~ericano la elaboraci6n (1<:
un dictamen sobre 10s procedimientos y medidas necesarios para haeer
efectivas las finalidades de In. presente resaluci6n. /, tal efecto el
C:omit~ deb era celebrar unareuni6n extraordinaria que comenzara dentrc)
de los sesenta dias siguient~s a la fecha de clausura del actual perlolo
de sesiones de la Asamblea General. El COr:1it~debera coneluir el traba,j()
que se Ie encomienQa en lli1 plazo de sesenta dIas cont~ndolo desde Ia fecha
en que se redna con tal objeto.
7. EncomendRr asimismo al Comite .Tur:!dicoInteramericano que dentro
del plaza fijado en el parrafo anterior e1aborc uno 0 mas proyeetos de
instrumentos interalnericanos sobre el secuestro, 10. extorsi6n y otro"
atentados contra las personas, cuando estos aetas puedan repercutir en
las relaeiones internacionales.
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8. Pedir al Comit~ Juridico Interamericano que d~ cuenta de sus
trabajos al Consejo Bermanente de la Organizaci6n, el cual podr~ convocar
con car~cter urgente a la Asamblea General a un periodo extraordinario
de sesiones 0 disponer la celebraci6n de una conferencia interalnericana
especializada para La consideraci6n del dictamen y del proyecto 0 proyectos
formulados por el Comit~.
LA ASAHI3LEA GENERAL
EXPRESA su adhesi6n a loa princi~ios consagrados en la Declaraci6n
Am~ricana de los Derechos y Deberes del Hombre y las normas econ6micas
y sociales de Ia Carta de La Organizaci6n de los Estados Americanos.

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